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Fechas de resolución de la Oficina de Extranjería de Madrid: septiembre de 2026

«Presenté hace meses y no sé nada». Si tu expediente está en la Oficina de Extranjería de Madrid, hay un dato que te ayuda a situarte: la Delegación del Gobierno ha publicado por qué fecha iba cada tipo de trámite a 1 de septiembre de 2026. No es un plazo ni una promesa, pero sirve para saber si tu solicitud va con el ritmo de la oficina o se ha quedado atrás.

Equipo Nacionalia25 de septiembre de 20266 min de lectura
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Fechas de resolución de la Oficina de Extranjería de Madrid: septiembre de 2026
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FECHAS DE RESOLUCIÓN PARA PUBLICAR Septiembre 2026
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Qué es este cuadro
Las fechas a 1 de septiembre de 2026
Lo que marca la ley: tres meses

Lo esencial en 30 segundos

  • A 1 de septiembre de 2026, la Oficina de Extranjería de Madrid tramitaba las solicitudes de arraigo social de fecha 10 de agosto de 2026.

  • Las fechas son una referencia orientativa publicada por la Delegación del Gobierno en Madrid. No son un plazo legal.

  • El plazo legal para resolver es, con carácter general, de tres meses. En prórrogas y renovaciones, si pasa sin respuesta, se entienden concedidas. En las solicitudes iniciales, como los arraigos, pueden entenderse denegadas.

  • Antes de contar los tres meses, revisa si te han enviado un requerimiento: puede suspender el plazo.

Qué es este cuadro

El documento se titula «Fechas de instrucción de los procedimientos de la Oficina de Extranjería de Madrid» y está fechado el 1 de septiembre de 2026. Para cada tipo de autorización da dos fechas: una en la columna Solicitudes y otra en la columna Recursos. Leído tal cual, indica la fecha de las solicitudes y la de los recursos que la oficina estaba tramitando ese día.

El cuadro no explica nada más. Por eso conviene leerlo como una foto del ritmo de trabajo de la oficina, no como un compromiso: cada expediente tiene sus circunstancias y puede ir por delante o por detrás de esa fecha. Y solo vale para la Oficina de Extranjería de Madrid.

Las fechas a 1 de septiembre de 2026

Primera fecha: solicitudes. Segunda: recursos. Las copiamos tal como figuran en el documento oficial.

Arraigos (nuevo Reglamento)5 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
FamiliarSolicitudes22/07/2026Recursos17/08/2026
SocialSolicitudes10/08/2026Recursos17/08/2026
SocioformativoSolicitudes14/08/2026Recursos17/08/2026
SociolaboralSolicitudes25/07/2026Recursos17/08/2026
Segunda oportunidadSolicitudes10/08/2026Recursos17/08/2026
Familiares6 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
Familiar de españolSolicitudes10/07/2026Recursos30/07/2026
Familiar de ciudadano comunitario, inicialSolicitudes10/07/2026Recursos01/08/2026
Familiar de ciudadano comunitario, permanenteSolicitudes10/07/2026Recursos01/08/2026
BrexitSolicitudes22/07/2026Recursos13/02/2026
Reagrupación familiar, inicialSolicitudes10/07/2026Recursos30/07/2026
Reagrupación familiar, renovaciónSolicitudes20/07/2026Recursos30/07/2026
Estudiantes2 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
InicialSolicitudes02/07/2026Recursos05/08/2026
PrórrogaSolicitudes27/06/2026Recursos05/08/2026
Residencia y trabajo3 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
Cuenta ajena, inicialSolicitudes07/07/2026Recursos25/07/2026
Cuenta propia, inicialSolicitudes21/07/2026Recursos25/07/2026
Renovación (cuenta ajena y cuenta propia)Solicitudes25/06/2026Recursos05/07/2026
Menores2 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
Nacidos en EspañaSolicitudes21/06/2026Recursos19/04/2026
No nacidos en EspañaSolicitudes27/06/2026Recursos19/04/2026
Residencia no lucrativa2 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
InicialSolicitudes12/08/2026Recursos05/08/2026
RenovaciónSolicitudes15/05/2026Recursos05/08/2026
Larga duración2 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
Residencia de larga duraciónSolicitudes10/06/2026Recursos21/07/2026
Residencia de larga duración UESolicitudes16/05/2026Recursos21/07/2026
Exceptuados3 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
InicialSolicitudes24/07/2026Recursos21/08/2026
ModificaciónSolicitudes28/07/2026Recursos21/08/2026
RenovaciónSolicitudes05/07/2026Recursos21/08/2026
Circunstancias excepcionales2 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
Violencia de género o sexualSolicitudes18/07/2026Recursos01/06/2025
Razones humanitariasSolicitudes14/06/2026Recursos18/05/2026
Modificaciones a residencia y trabajo4 trámites
TrámiteSolicitudesRecursos
Desde situaciones que habilitan a trabajarSolicitudes15/06/2026Recursos14/07/2026
Desde situaciones que no habilitan a trabajarSolicitudes10/06/2026Recursos02/08/2026
Desde autorizaciones de estancia de estudiantesSolicitudes13/07/2026Recursos09/08/2026
Desde familiar de español o familiar de comunitarioSolicitudes15/06/2026Recursos02/08/2026

Lo que marca la ley: tres meses

La disposición adicional primera de la Ley Orgánica 4/2000 fija en tres meses el plazo general para notificar la resolución de las solicitudes de autorización. Se cuentan desde el día siguiente a aquel en que la solicitud tuvo entrada en el registro del órgano competente para tramitarla.

Qué pasa si ese plazo vence sin respuesta depende del trámite:

  • Prórroga de la autorización de residencia y renovación de la autorización de trabajo: la ley dice que, transcurrido el plazo sin respuesta expresa, «se entenderá que la prórroga o renovación han sido concedidas». En el mismo apartado y con el mismo plazo de tres meses incluye las solicitudes de residencia de larga duración.

  • El resto de solicitudes, incluidos los arraigos: transcurrido el plazo, «podrán entenderse desestimadas».

Si tu fecha ya pasó

Antes de dar nada por hecho, revisa tu expediente:

  • ¿Te han enviado un requerimiento? Cuando la Administración te pide que subsanes algo o que aportes documentos, el plazo para resolver se puede suspender durante el tiempo que va desde la notificación del requerimiento hasta que lo cumples (o, si no lo cumples, hasta que acaba el plazo que te dieron). Esos días no cuentan.

  • Si es una renovación o una prórroga y el silencio es positivo, pide el certificado. El acto producido por silencio produce efectos desde que vence el plazo y puedes hacerlo valer ante la Administración y ante cualquier persona o empresa. Se acredita por cualquier medio de prueba, incluido el certificado acreditativo del silencio. La ley obliga a expedirlo de oficio en quince días, pero también puedes pedirlo tú en cualquier momento.

  • Si es un arraigo u otra solicitud inicial, el silencio es negativo. La desestimación por silencio tiene un único efecto: permitirte interponer el recurso que proceda.

Nota del despacho Recurrir no acelera el expediente. Que tengas abierta la vía del recurso no significa que te convenga usarla: depende de cómo esté tu solicitud y de lo que falte por resolver. Eso es lo que hay que valorar caso por caso.

El error típico

Contar los tres meses desde el día en que presentaste y concluir que ya te han concedido (o denegado) la autorización, sin comprobar si hubo un requerimiento por medio. Si lo hubo, el plazo se ha podido suspender y la fecha real de vencimiento es otra.

Preguntas frecuentes

Mi solicitud de arraigo social es de julio y no sé nada. ¿Me la han denegado?

No necesariamente. Si han pasado tres meses sin resolución, la ley permite entenderla desestimada para poder recurrir, pero la Administración sigue obligada a resolver. Lo primero es comprobar el estado del expediente y si hay algún requerimiento pendiente.

¿Estas fechas valen para otras provincias?

No. El cuadro es de la Oficina de Extranjería de Madrid. Cada oficina tiene su propio ritmo de trabajo.

Presenté una renovación hace más de tres meses. ¿Puedo seguir trabajando?

En la renovación de la autorización de trabajo, la ley entiende concedida la renovación si pasan los tres meses sin respuesta expresa. Conviene pedir el certificado acreditativo del silencio para poder demostrarlo ante tu empresa o ante cualquier organismo.

Fuentes y documentos

  • Delegación del Gobierno en Madrid, «Fechas de instrucción de los procedimientos de la Oficina de Extranjería de Madrid», 1 de septiembre de 2026;
  • disposición adicional primera de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero;
  • artículos 22.1.a), 24.2, 24.3 y 24.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Contenido divulgativo; no sustituye el asesoramiento jurídico. Cada caso debe valorarse de forma individual.

Documentación descargable

Consulta los documentos y enlaces que acompañan a esta publicación.

PDFFECHAS DE RESOLUCIÓN PARA PUBLICAR Septiembre 2026PDF · 60 KB
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Actualizado el 25 de septiembre de 2026
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